Decreto Supremo N°100 fija estándares para el desarrollo de sitios web de gobierno

Julio 21, 2008 – 5:40 pm Escrito por Guía Web

El Decreto Supremo N°100 (PDF, 34.4 Kb), publicado en el Diario Oficial con fecha 12 de agosto de 2006, establece que las web del Estado deben garantizar la disponibilidad y acceso a la información, resguardar los datos personales y; asegurar la interoperabilidad de los contenidos, funciones y prestaciones sin importar las plataformas, hardware y software utilizados en su desarrollo.

De esta forma, el Comité de Normas para el Documento Electrónico espera contribuir con la estandarización, interoperabilidad y protección de datos personales de los sitios web de Estado.

La norma define dos niveles de cumplimiento. El nivel 1 se refiere al desarrollo de tareas destinadas a que las personas que utilizan los sitios web, accedan de manera rápida, efectiva y eficiente a los servicios, funciones y prestaciones ofrecidas por éstos.

En el caso del nivel 2, apunta a utilizar las directrices principales de las normas internacionales sobre accesibilidad, con el fin de permitir a personas con alguna discapacidad visual, acceder a la información publicada en las web de gobierno.

Requisitos Nivel 1

  1. Usar el dominio .gov.cl y .gob.cl
  2. Utilizar el ícono identificatorio del gobierno.
  3. Velar por la disponibilidad de la información, garantizando el pronto acceso a contenidos de utilidad.
  4. Usar etiquetas descriptivas que permitan una correcta indexación de contenidos a los sistemas de catalogación y búsqueda.
  5. Buscar el equilibrio entre la optimización del peso y la calidad de los contenidos.
  6. Utilizar las disposiciones de la Guía Web para determinar el peso adecuado de las páginas web.
  7. Utilizar HTML o XML v. 1.0. como código de despliegue del sitio web. Se recomienda que el sitio web cumpla con los estándares HTML 4.01 o XHTML 1.0 validados ante el W3C.
  8. Monitorear regularmente la actividad del sitio web. Esto implica revisar periódicamente el log del servidor, prestando atención a los códigos de error y a los elementos más visitados, documentar lo que ocurra con su audiencia y adoptar las medidas preventivas y correctivas oportunas.
  9. Tener un plan de contingencia que indique las medidas a ejecutar en caso de que el sitio web deje de estar disponible para el público, que su nivel de acceso disminuya o sea intermitente, o que se vea comprometido por ataques externos.
  10. Utilizar, preferentemente, UTF-8 para la codificación de caracteres.
  11. Adoptar, mantener y declarar una política de privacidad de sus respectivos sitios web.

Requisitos Nivel 2

  1. Diagramar las páginas que forman parte del sitio web utilizando hojas de cascada de estilo, separando el contenido, la estructura y la presentación de los primeros.
  2. Los marcos o frames que se utilicen deben ofrecer información adecuada al usuario, a efectos de que éste no se equivoque al navegar o pierda los enlaces dentro del propio sitio web.
  3. En caso de emplear archivos que requieran de programas visualizadores especiales o plug-in para su revisión, deberán ponerlos a disposición de los usuarios para ser bajados desde el propio sitio web u ofrecer un enlace a lugares donde éstos puedan ser obtenidos.
  4. Garantizar el acceso a los sitios con diferentes navegadores, debiendo al menos uno de ellos ser de distribución y uso gratuito, y estar disponible desde el propio sitio web.
  5. Validar las plantillas de las hojas de estilo en cascada a través de las herramientas provistas por W3C.

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